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Sábado, Julio 27, 2024
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TOP de Coyhaique condena a 4 años de presidio por incumplimiento de obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta de accidente de tránsito

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Roberto Arturo Urrutia Rivera a la pena de cumplimiento efectivo de 4 años de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica; más el pago de una multa de 11 UTM, en calidad de autor del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad de accidente de tránsito con resultado de muerte. Ilícito perpetrado en agosto del año pasado, en la comuna de Aysén.

En fallo unánime (causa rol 35-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Pablo Freire Gavilán (presidente), Mónica Coloma Pulgar y Rosalía Mansilla Quiroz (redactora)– condenó, además, a Urrutia Rivera a la pena de 61 días de presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de una unidad tributaria mensual, como autor del delito de conducción con licencia cancelada.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 23 horas de 20 de agosto de 2022, Urrutia Rivera conducía una camioneta marca Mitsubishi, modelo L200, por la calle Bernardo O’Higgins de la comuna de Aysén, y tras “(…) de pasar el puente del sector Aguas Muertas, en la calzada, impactó con la parte delantera derecha del vehículo al peatón Julio Humberto Ruiz Mansilla, quien mantenía una dosificación de 3,54 gramos por mil de alcohol en la sangre, y que producto del impacto salió proyectado hacia un costado de la vía. Producto de lo anterior, la víctima resultó con diversas lesiones que derivaron en su fallecimiento. Urrutia Rivera, pese a percatarse del accidente, no detuvo la marcha ni prestó ayuda a la víctima, como tampoco dio cuenta del hecho a la autoridad policial más próxima, abandonando el lugar del hecho”.

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